El presidente de Bolivia, Luis Arce, informó que entró en vigencia el Decreto Presidencial 5460, que establece las condiciones para la concesión de indultos a personas privadas de libertad con sentencias condenatorias.
El decreto señala que podrán recibir el beneficio del indulto los reclusos con sentencias ejecutoriadas iguales o menores a diez años, sin que sea necesario cumplir parte de la condena. También se incluye a quienes tengan sentencias de hasta doce años y hayan cumplido al menos un tercio de la pena, así como a quienes tengan condenas de hasta quince años y hayan cumplido la mitad de la sentencia.
Quedan excluidos del beneficio quienes hayan sido condenados por delitos como genocidio, terrorismo, asesinato, homicidio, feminicidio, trata de personas, corrupción, secuestro, tráfico ilícito de armas, acoso y violencia política, o en casos donde las víctimas sean menores de edad o personas con discapacidad.
Según datos de la Defensoría del Pueblo, el hacinamiento en las cárceles del país supera el 105 % y alrededor del 56 % de las personas privadas de libertad están en prisión preventiva, es decir, sin sentencia definitiva.
El decreto fue firmado en septiembre por el Gobierno y aprobado recientemente por la Asamblea Legislativa Plurinacional.