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Inicio » Portada » Comienza periodo para presentación de excusas como jurado electoral
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Comienza periodo para presentación de excusas como jurado electoral

Asuntos CentralesBy Asuntos Centrales21 septiembre, 20253 Mins Read
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Este lunes inicia en todo el país el periodo para que las ciudadanas y ciudadanos sorteados como jurados electorales rumbo al balotaje presenten sus excusas ante los Tribunales Electorales Departamentales (TED) las mismas pueden ser presentadas hasta el domingo 28 de septiembre. El procedimiento busca garantizar el cumplimiento de la ley, que establece que el cargo de jurado es de carácter obligatorio, salvo en casos excepcionales previstos por norma.

Más de 210.000 personas fueron seleccionadas como jurados electorales mediante un sorteo realizado el pasado viernes, de cara al balotaje programado para el 19 de octubre de 2025. Asimismo, se habilitará una plataforma digital para facilitar este trámite, de igual manera a como se hizo en la primera vuelta.

Las autoridades electorales explicaron que las excusas deben estar correctamente documentadas para ser aceptadas. Gustavo Ávila, vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), señaló que la labor de los jurados es “fundamental” para el desenvolvimiento del proceso electoral. En Santa Cruz han sido sorteados 54.690 juradas y jurados electorales para administrar las 9.115 mesas de votación en el departamento durante la segunda vuelta electoral.

El TSE recordó que existen causales específicas y verificables para la excusa, las cuales deben ser respaldadas con documentación oficial. Entre ellas está la enfermedad, que requiere la presentación de certificado médico o baja médica emitida por el seguro de salud.

Otra causal válida es el estado de gravidez, que debe comprobarse con certificado médico o certificado de atención prenatal. También se contempla la fuerza mayor o caso fortuito, como desastres naturales, emergencias o accidentes, respaldados con documentos oficiales, pasajes de viaje o certificaciones de autoridad competente.

En el ámbito político, quedan exceptuados los dirigentes de organizaciones políticas y los candidatos en la elección, quienes deben presentar la certificación emitida por el Tribunal Supremo Electoral o el TED departamental.

Asimismo, se consideran las personas que el día de la elección presten servicios indispensables en áreas como salud, medios de comunicación o servicios básicos, siempre que acrediten esta labor mediante certificado de trabajo.

También se contempla a las personas mayores de 60 años, aquellas que tengan discapacidad o enfermedad grave, y quienes demuestren dependencia de un menor lactante de hasta dos años de edad. En cada caso, se exige la presentación de documentos que respalden la situación.

Finalmente, las autoridades electorales exhortaron a los jurados a participar en las capacitaciones presenciales y virtuales, instancias que brindan los conocimientos necesarios para administrar con transparencia y responsabilidad las mesas de sufragio en la segunda vuelta.

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