Según una denuncia que Asuntos Centrales conoció hoy, el embajador de Rusia, Dmitry Verehenko habría solicitado a la ministra de Justicia, Jessica Saravia, intervenir (una reunión con la empresa) para que se descongelen más de 5,2 millones de dólares, que fueron retenidos por una deuda a empresas constructoras del Centro de Investigación y Desarrollo de Medicina Nuclear en El Alto (CIDMN). La empresa Boliviaven Group S. R. L. demandó el cumplimiento del pago y al verse en una negativa demandó a su contratista S. A. GSPI, quien es el Instituto Especializado Estatal de Diseño, subsidiaria de la estatal rusa ROSATOM.
La carta a la autoridad de justicia boliviana, que la firma el embajador Verehenko, en fecha 20 de agosto de 2025, explica que la empresa S. A. GSPI en Bolivia, tiene una cantidad de 5,292,266.20 dólares estadounidenses detenidos en sus cuentas, por una orden judicial del Juez Público Civil y Comercial 1° del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, Omar Kucharsky Montecinos. Y solicita que se descongelen dichos fondos para que la empresa siga trabajando en la construcción o finalización del CIDMN. “Se solicita… una reunión entre la empresa y autoridades pertinentes (del Ministerio de Justicia)… para coadyuvar a la resolución para desbloquear los fondos retenidos y poder continuar..” dice la misiva
Verehenko asegura en la misiva, que la empresa S. A. GSPI, firmó contratos con la empresa Boliviaven Group S. R. L. que implicaban que cualquier controversia y arbitraje se llevará a cabo en Moscú, Rusia, con sus propios centros de arbitraje. Esto no sucedió así reclama el diplomático y denuncia que “la medida cautelar dispuesta por el Juez no es sólo arbitraria, sino excesiva, por lo que genera susceptibilidad sobre la imparcialidad de esta autoridad judicial”, textual.
Sin embargo la empresa boliviana fundamentó ante el juez que las obras por las que reclama su pago, son obras fuera de los contratos firmados y que si bien “el contrato inicial entre las partes contenía una cláusula arbitral aplicable únicamente a incumplimientos contractuales, el presente proceso no se funda en dicho contrato, ni en los posteriores, sino en trabajos adicionales realizados fuera del marco contractual sin respaldo escrito y sustentados únicamente en facturas, recibos y órdenes de pago” dice el proceso legal.
Y si bien las empresas extranjeras pueden hacer contratos que diriman sus diferencias en sus países de origen, también se encuentran en la obligación de cumplir con todas las normas bolivianas cuando realizan trabajos en territorio boliviano y esto también lo reconoce la misiva enviada por el embajador ruso a la ministra de Justicia, Saravia.
Aún así, habiendo emitido una orden de congelación de cuentas, el juzgado retrocedió y decidió ordenar la liberación de los fondos, sin que se haya solucionado la deuda con la empresa boliviana y en “tiempo récord” como indicó la denuncia.
Además, se determinó que dicha demanda debería dirimirse en el Tribunal Arbitral Comercial Internacional ante la Cámara de Comercio e Industria de la Federación Rusa. La embajada dice sentirse “obligada a entrar” en la demanda porque la documentación presentada al Juez, por la empresa boliviana, omite lo que llama “documentos básicos”, además de acusarla de no haber agotado todas las instancias preliminares y legales en la diferencia.
Por su parte M. Fabiola Farrell Arévalo, abogada del área comercial, nos explicó que el juez puede haber entendido los trabajos adicionales (que se relacionan) como parte del contrato principal, sin embargo “cuando hay un pago (orden de pago en este caso) se sobre entiende que hay un acuerdo aunque sea verbal, y aunque el contrato madre indica que la primera opción es ir a un centro de conciliación y arbitraje, algo que sí debería haberse hecho en primera instancia, sin embargo el Juez tiene mayor jerarquía”, y si no existiera acuerdo en una conciliación entonces se acude al Juez para que dirima en la diferencia de acuerdo.
Por otro lado, el Ministerio de Justicia explicó a AC que lo que corresponde una vez recibida la carta de la embajada solicitando ayuda, la misma debería haber sido derivada al Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, la cual también le deriva a la Unidad de Atención al Litigante, que en caso de encontrar una observación al “proceso (o procedimiento) correcto” debería elevarlo mediante informe al Consejo de la Magistratura. En ningún caso el Ministerio de Justicia o cualquiera de sus autoridades debió haber tomado contacto con el Juez en cuestión.
Recordemos que durante la gestión (2016) del ex presidente Evo Morales, se firmó un acuerdo con ROSATOM (la estatal rusa) para la construcción del Centro de Investigación y Desarrollo de Tecnología Nuclear (CIDTN) con una inversión de 300 millones de dólares. Y el pasado 15 de julio, el presidente Luis Arce también anunció que el CIDTN de El Alto llegó a un 72% de avance y destacó que realizó más de 78.000 atenciones médicas. Las cuales podrían verse interrumpidas si las empresas contratistas bolivianas, retiran sus equipos e instalaciones, en vista de no obtener el pago correcto y exigido por los mismos.