El Decreto Supremo 5747 condiciona nuevas exportaciones a la acreditación de divisas en cuentas bancarias del país. La norma también elimina la obligación del Banco Central de comprar oro bajo el esquema anterior.
El Gobierno dispuso que los exportadores de oro acrediten el ingreso al sistema financiero boliviano del 80% del valor computable de sus exportaciones precedentes. La medida está establecida en el Decreto Supremo 5747, aprobado el 13 de octubre de 2026, y busca mejorar el control sobre las divisas generadas por la venta del metal precioso.
La acreditación en una entidad financiera regulada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) será un requisito para obtener el Formulario Único de Exportación M-03, emitido por el Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom).
El decreto no obliga a entregar el 80% del oro al Estado. Exige demostrar que las divisas correspondientes ingresaron a una cuenta bancaria en Bolivia.
¿Qué cambia a partir de ahora?
Los exportadores deberán acreditar el ingreso de las divisas de sus ventas anteriores para tramitar nuevas exportaciones, de acuerdo con las condiciones establecidas en la norma.
Para quienes no cuenten con un certificado vigente del Banco Central de Bolivia (BCB), se contempla una primera operación sin acreditación previa. Sin embargo, deberán demostrar el ingreso de las divisas antes de realizar una exportación posterior.
El porcentaje exigido podrá ser ajustado mediante una resolución ministerial. Además, los exportadores que tengan certificados emitidos por el BCB podrán operar con ellos hasta que concluya su vigencia.
¿Qué cambia para el Banco Central?
El Decreto Supremo 5747 abroga el Decreto Supremo 5076 de 2023 y deja sin efecto la obligación del BCB de adquirir oro y la exigibilidad de venta vinculada al anterior esquema de certificados de exportación.
La Aduana Nacional también dejará de exigir el certificado de exportación de oro emitido por el BCB como documento de respaldo para el despacho de las mercancías comprendidas en la norma.
El nuevo mecanismo cambia la forma de control: la acreditación de las divisas en el sistema financiero nacional pasa a ser un requisito documental para continuar exportando.
¿Qué pasará con los dólares?
El Gobierno busca mejorar la trazabilidad de los recursos generados por las exportaciones de oro y reducir los riesgos de desvío de valor y opacidad en los flujos financieros.
El Senarecom deberá remitir mensualmente al Ministerio de Economía y al BCB información sobre las exportaciones, los formularios emitidos y el estado de acreditación de las divisas de cada exportador.
Con esos reportes, el Ministerio de Economía evaluará trimestralmente el efecto de la medida sobre el volumen de las exportaciones registradas y el ingreso de divisas al sistema financiero nacional.
Sin embargo, el ingreso de dólares a una cuenta bancaria boliviana no significa automáticamente que esas divisas pasen a formar parte de las reservas internacionales del Banco Central o que queden disponibles para su venta en el mercado cambiario.
El efecto concreto dependerá de cuánto dinero ingrese efectivamente, de los niveles de cumplimiento de los exportadores y de la disponibilidad de esas divisas dentro de la economía nacional.


