La ley antibloqueos dio un nuevo paso en la Cámara de Diputados. La Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado aprobó en grande y en detalle el Proyecto de Ley N.º 070/2025-2026, denominado de Libre Transitabilidad y Protección del Pueblo Boliviano.
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El proyecto ahora debe ser tratado por el pleno de la Cámara de Diputados. Después, en caso de ser aprobado, deberá pasar al Senado y finalmente al Órgano Ejecutivo para su eventual promulgación. Por tanto, la propuesta todavía no está vigente.
Ley antibloqueos: ¿qué sanciones plantea?
El proyecto propone incorporar el artículo 214 Bis al Código Penal para tipificar la obstrucción ilegal de vías de transporte y comunicación.
Según la información oficial difundida por la Cámara de Diputados, el texto aprobado en comisión establece penas de entre 3 y 8 años de cárcel, dependiendo de las circunstancias del bloqueo.
La propuesta contempla una pena de 3 a 6 años cuando la obstrucción afecte servicios de emergencia, salud, abastecimiento, evacuación, infraestructura o actividades laborales.
La sanción puede llegar a 8 años de prisión cuando el bloqueo esté acompañado de violencia, utilización de armas, destrucción de infraestructura o cobros.
Durante la explicación del proyecto, el presidente de la comisión, Manolo Rojas, también fue citado señalando que las sanciones podrían alcanzar hasta 10 años, dependiendo de la gravedad y de la aplicación de agravantes.
Sin embargo, el texto oficial difundido por Diputados establece actualmente penas de hasta 8 años. Por ello, el alcance definitivo de las sanciones todavía debe seguirse durante el tratamiento legislativo.
¿La propuesta prohíbe las protestas?
Los legisladores que respaldan el proyecto sostienen que la iniciativa no elimina el derecho a la protesta pacífica.
El planteamiento busca diferenciar la protesta social de la obstrucción de vías públicas. La propuesta apunta a sancionar aquellas acciones que impidan la libre circulación y afecten derechos de terceros.
El debate se concentra, por tanto, en establecer hasta dónde puede llegar una medida de presión social cuando genera restricciones a la circulación, afecta servicios esenciales o provoca daños a otras personas y actividades económicas.
Autoridades también podrían ser sancionadas
La ley antibloqueos no establece responsabilidades únicamente para quienes participen en bloqueos.
De acuerdo con la explicación del diputado Omar Muriel, las autoridades que sean notificadas sobre un conflicto tendrán un plazo de 15 días hábiles para atenderlo o derivarlo a la instancia competente.
Si una autoridad no actúa dentro de sus atribuciones, podría asumir responsabilidad penal.
El proyecto contempla además una agravante para el delito de incumplimiento de deberes de las autoridades. Según la explicación de Rojas, esta disposición podría elevar la sanción hasta aproximadamente 6 años y 2 meses.
La intención es incorporar también obligaciones para las autoridades encargadas de intervenir ante conflictos que puedan derivar en la interrupción de vías.
Un proyecto que reúne 10 iniciativas
El texto que fue aprobado en comisión no nació como una sola propuesta. La iniciativa actual es resultado de la unificación de 10 proyectos de ley relacionados con bloqueos, libre tránsito y protección de derechos.
Durante el análisis, la comisión informó que recibió y revisó 72 notas con posiciones a favor y en contra de las diferentes propuestas.
El texto aprobado tiene 28 artículos, además de disposiciones transitorias.
La iniciativa también establece obligaciones para el Órgano Ejecutivo. El Gobierno tendrá, de aprobarse la norma, 60 días calendario para adecuar protocolos vinculados con la prevención y el diálogo, la atención de servicios de emergencia, el abastecimiento, la advertencia y desescalamiento de conflictos, el restablecimiento de la circulación y el uso proporcional de la fuerza.
¿Qué falta para que la ley antibloqueos entre en vigencia?
El proyecto todavía debe completar varias etapas antes de convertirse en ley.
El primer paso pendiente es su tratamiento en el pleno de la Cámara de Diputados. Allí los legisladores podrán debatir el contenido y eventualmente modificar o eliminar artículos.
Si recibe la aprobación de la Cámara Baja, deberá pasar al Senado. Después de completar el trámite legislativo, corresponderá la promulgación para que pueda entrar en vigencia.
El presidente de la comisión, Manolo Rojas, señaló que espera que el proyecto pueda ser aprobado en Diputados hasta finales de octubre. Sin embargo, advirtió que el contenido todavía puede sufrir cambios durante el debate en plenaria.
Por ahora, el estado del proyecto puede resumirse así: aprobado en comisión de Diputados, pendiente de tratamiento en el pleno, pendiente en el Senado y pendiente de promulgación.
La principal discusión que se abre en la siguiente etapa será el equilibrio entre el derecho a la protesta y la protección de la libre circulación, además del alcance de las sanciones penales previstas para quienes bloqueen vías.
Para los sectores que respaldan la iniciativa, la norma busca evitar que los bloqueos afecten el abastecimiento, los servicios de emergencia, el trabajo y la actividad económica. Para quienes cuestionen sus alcances, el debate estará centrado en las garantías para el ejercicio de la protesta social.
La ley antibloqueos, por ahora, sigue siendo un proyecto en tratamiento y no una norma vigente.


