La Cámara de Senadores sancionó este miércoles una ley que establece la suspensión temporal de embargos y un periodo de gracia de seis meses en el pago de créditos de vivienda de interés social y de unidades económicas de tamaño micro y pequeño. La norma fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación.
La disposición establece que durante ese periodo, las entidades financieras y de arrendamiento financiero no podrán ejecutar remates, embargos u otras acciones judiciales sobre bienes en garantía relacionados a estos créditos.
El artículo 2 de la ley señala que se suspenden, por seis meses desde la publicación de la norma, las órdenes judiciales vinculadas a procesos de cobro de créditos de vivienda de interés social. Esto incluye la ejecución de sentencias, remates, desapoderamientos y otras medidas similares.
El artículo 3 establece un periodo de gracia automático para los créditos mencionados, también de seis meses, que alcanza a cuotas de capital, intereses, seguros, comisiones y otros cargos financieros.
Además, la norma permite que los prestatarios que deseen seguir pagando sus cuotas durante el periodo de gracia puedan hacerlo, previa solicitud expresa a la entidad financiera correspondiente.
Según el texto aprobado, la medida busca regular el tratamiento de obligaciones financieras de sectores específicos durante un periodo determinado, en tanto no se modifiquen las condiciones que dieron lugar a la norma.
La senadora Gladys Alarcón, quien presidió la sesión, informó que el Senado aprobó la norma con dispensación de trámite y que ahora su tratamiento corresponde al presidente Luis Arce.
