El Senado aprobó en grande y en detalle el Proyecto de Ley N.º 066/2025-2026 de Acceso a la Información Pública y lo remitió a Diputados. La propuesta establece que la información que se encuentra en poder del Estado será pública como regla general y que cualquier persona podrá solicitarla sin explicar el motivo de su pedido.
El proyecto reconoce el derecho a solicitar:
- Información pública que se encuentre en poder de las instituciones del Estado.
- Documentación y registros que estén bajo custodia de las entidades alcanzadas por la norma.
- Información de órganos e instituciones públicas, empresas públicas y universidades públicas.
- Información de otras entidades que administren recursos públicos o presten servicios públicos.
- Información que pueda ser buscada, solicitada, recibida y difundida por cualquier persona, de manera individual o colectiva.
El proyecto establece además que la persona que solicite información podrá conocer si los documentos requeridos se encuentran o no en poder de la institución correspondiente y acceder a ellos conforme al procedimiento que establezca la norma.
¿Hay información que no podrá solicitarse?
Sí. El derecho de acceso no es absoluto. El proyecto contempla excepciones para información clasificada legalmente como secreta, reservada o confidencial, además de determinados datos personales y ámbitos protegidos por ley.
La propuesta también establece límites para invocar estas excepciones cuando se trate de violaciones de derechos humanos, delitos de lesa humanidad o corrupción de instituciones o servidores públicos.
El proyecto aún debe pasar por Diputados
La aprobación del Senado no significa que la norma ya esté vigente. El proyecto fue remitido a la Cámara de Diputados, donde deberá continuar su tratamiento legislativo.


