Diésel costará Bs 17,95 por litro y su precio se ajustará según el mercado internacional
Además, establece hasta el 31 de diciembre de 2027 un Gravamen Arancelario de 0%.
El Gobierno fijó en Bs 17,95 por litro el precio final regulado del diésel y estableció un nuevo mecanismo para actualizar su valor de acuerdo con el costo de importación y las variaciones del mercado internacional.
El Decreto Supremo 5716 reemplaza, para el diésel, el precio final fijo establecido anteriormente por un régimen basado en el Precio de Paridad de Importación (PPI). El nuevo precio incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
¿Cómo se calculará el nuevo precio del diésel?
El precio se determinará tomando como referencia el costo del diésel importado. Para ello se considerará el precio internacional de referencia publicado por ARGUS MEDIA, además del premio de importación y otros costos asociados al traslado del combustible hasta Bolivia.
La fórmula también incorpora costos de transporte internacional y nacional, almacenamiento, inspección, financiamiento, tributos aduaneros y otros costos logísticos.
Todos estos elementos serán considerados para establecer el precio final regulado, que posteriormente será expresado en bolivianos utilizando el tipo de cambio oficial publicado por el Banco Central de Bolivia (BCB).
El precio tendrá una banda de ajuste del 5%
El nuevo mecanismo establece una banda de ajuste de 5% para evitar cambios frecuentes en el precio.
El ente regulador calculará diariamente, en días hábiles, el precio referencial del diésel. Si la variación se encuentra entre -5% y +5%, el precio referencial permanecerá sin cambios.
Cuando la variación supere el 5% al alza o caiga por debajo del -5%, se aplicará un nuevo precio de referencia. Este comenzará a regir al día siguiente del cálculo.
Cuando se produzca un ajuste, también podrán modificarse otros componentes de la estructura de costos, previa evaluación del ente regulador.
Importadores deberán reportar sus costos
Las personas o empresas autorizadas para importar diésel deberán participar mensualmente en el Comité de Producción y Demanda (PRODE).
Además, deberán enviar cada lunes al ente regulador la estructura de costos correspondiente a los últimos siete días o cuando esta información sea requerida.
¿Qué pasa con los impuestos y márgenes?
El decreto mantiene sin cambios los márgenes establecidos anteriormente para la cadena de comercialización del diésel, así como el IVA y el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD).
La diferencia entre el precio final resultante de mantener esos márgenes y el precio determinado bajo el nuevo mecanismo será destinada a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB). Un porcentaje de esa diferencia irá a las refinerías para compensar el procesamiento del petróleo, conforme a la reglamentación correspondiente.
El primer cálculo tendrá un plazo de cinco días hábiles
El Ministerio de Hidrocarburos y Energías deberá definir la estructura de costos para el primer cálculo del precio del diésel en un plazo de hasta cinco días hábiles desde la publicación del decreto.
En el mismo plazo deberá publicarse la reglamentación necesaria para aplicar la banda de ajuste del precio referencial.
Otras medidas incluidas en el decreto
El Decreto Supremo 5716 también amplía hasta el 30 de abril de 2030 el incentivo tributario para la importación de vehículos con tecnología Flex Fuel o diseñados para funcionar con alcohol hidratado.
Además, establece hasta el 31 de diciembre de 2027 un Gravamen Arancelario de 0% para determinadas importaciones de combustibles, entre ellas distintas categorías de gasolinas para vehículos automotores.
La norma también abroga los decretos supremos 5676, de agosto de 2026, y 5698, de septiembre de 2026, además de derogar una disposición específica del Decreto Supremo 5516.


