El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social informó que el jueves 6 y viernes 7 de agosto de 2026 serán feriados nacionales por los 201 años de la Independencia de Bolivia, con suspensión obligatoria de actividades laborales en los sectores público y privado.
La disposición establece que ambos feriados son de cumplimiento obligatorio y remunerado, y no podrán ser compensados, trasladados ni sustituidos unilateralmente por los empleadores.
Trabajo durante los feriados tendrá pago doble
El Ministerio aclaró que las actividades consideradas esenciales, continuas, de emergencia o que no puedan ser interrumpidas deberán organizarse conforme a la normativa laboral vigente.
Los trabajadores que presten servicios durante los feriados tendrán derecho a un recargo del 100% sobre su remuneración, equivalente al pago doble por la jornada trabajada, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley General del Trabajo, sin perjuicio de otros beneficios que correspondan.
Las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo serán responsables de verificar el cumplimiento de la disposición, recibir denuncias y aplicar las acciones y sanciones previstas por la normativa laboral.


