Abogado alerta que el TCP anuló la Ley 417 para restituir el derecho de Crapuzzi en el Mutualista
El abogado constitucionalista que asesoró a la familia Crapuzzi en el conflicto desatado con el Gobierno Municipal de Santa Cruz por el terreno del mercado Mutualista advirtió que el Tribunal Constitucional declaró nula la ley municipal 417 en la que se ampara la Alcaldía para defender su supuesto derecho propietario y remarcó que el cumplimiento de la Sentencia Constitucional 189/2023 es de orden inmediato y obligatorio sin posibilidad de apelación.
Simón Alberto Moreno Serataya habló con Asuntos Centrales en medio de debate abierto por los terrenos del Mutualista y aseguró que la familia Crapuzzi tiene todos los papeles en sentido de que no recibió indemnización por la expropiación de ese bien inmueble y el fallo del TCP determina que dicha ley “vulnera del debido proceso administrativo” vigente en el país.
El predio tuvo varios propietarios. Según el Gobierno Municipal en mayo de 1994 se hizo el pago de Bs 201.799 al apoderado de la familia Domínguez Justiniano, por la expropiación de 9.000 metros cuadrados destinados para la construcción del mercado Mutualista, sin embargo, no consta en obrados el pago a la familia Crapuzzi.
Moreno Serataya fue contratado en junio de 2023 por la familia Crapuzzi para interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para restituir lo que ellos consideran sus derechos propietarios sobre los terrenos avaluados en unos 100 millones de dólares.
El corazón del planteo de la familia Crapuzzi está en la observación de la Ley municipal 417 por considerarla inconstitucional debido a que protege el derecho propietario de un bien que no terminó de pagar a sus antiguos dueños.
“El TCP consideró la ley 417 como acto administrativo sin base jurídica y ordenó que quede sin efecto legal”, aseguró Moreno Serataya.
“La ley 417 ordena realizar un testimonio ante derechos reales a nombre de la alcaldía siendo que no se había terminado de completar el proceso de expropiación”, dijo el letrado.
“La decisión del TCP es de cumplimiento inmediato y obligatorio”, advirtió.
“No hay propiedad municipal de los predios del mercado mutualista”, aseguró Moreno Serataya.
En este marco, advirtió que “el Concejo Municipal no puede desobedecer el fallo del Tribunal Constitucional”, bajo pena de ser procesados por incumplimiento de un fallo judicial.
“El fallo del TCP dejó sin efecto una ley autonómica municipal 417. esa ley es inaplicable, está fuera del sistema legal”, remarcó.